Nueva normativa del Marcado CE para puertas de garaje 2024

Nueva normativa del Marcado CE para puertas de garaje 14 febrero 2024

21 junio, 2024·Puertas de garaje·18 min·

La nueva normativa de Marcado CE para puertas de garaje, actualizada por el Ministerio de Industria el 14 de febrero de 2024 ha generado diversos cambios que afectan tanto a fabricantes como propietarios. Desde el año 2017 se han realizado más de 450 inspecciones en España, generando una seria preocupación debido a los datos obtenidos.

Un alto porcentaje de puertas de garaje no son seguras

El Ministerio de Industria, en colaboración con las Comunidades Autónomas ha detectado, tras realizar las inspecciones, que:

  • El 96.9% de las puertas revisadas no cumplen con la conformidad.
  • El 35.6% de las puertas inspeccionadas no disponen del Marcado CE.
  • El 62.7% de las puertas presentan defectos de seguridad.
  • El 68.3% de las puertas que, pese a tener el Marcado CE, no disponen de todas las inscripciones obligatorias.

Esto presenta un problema de seguridad, lo que representa un peligro para las personas, sobre todo en entornos industriales. Las campañas realizadas de inspección se han realizado en nuevas instalaciones, aunque actualmente se están tomando medidas para abarcar todos los sectores, con puertas que ya están instaladas

¿Qué medidas se han tomado para que se cumpla con el Marcado CE en puertas de garaje?

El Ministerio de Industria tras verificar las estadísticas de las inspecciones ha decidido la contratación de más inspectores, realizando jornadas formativas y estableciendo protocolos para su especialización. Esto se traduce en un incremento en la actualidad de las inspecciones llevadas a cabo. Además, se ha creado un grupo de trabajo nacional con el objetivo de comprobar que las puertas de garaje motorizadas, comerciales e industriales cumplan con la normativa vigente. Este grupo trabaja también en la elaboración de guías e informes que permitan armonizar criterios.

Por otra parte, el Ministerio de Industria de cada Comunidad Autónoma está informando a arquitectos, constructoras y administradores de fincas la obligación de tener el Marcado CE tanto en puertas de garaje, como comerciales e industriales. Con esta medida se pretende obligar a que todas las puertas posean su correspondiente Marcado CE. Además, se está realizando una vigilancia del mercado de productos industriales, comerciales, de garaje y portantes mucho más intensa, contactando directamente con los fabricantes o instaladores para que faciliten los datos de puertas ya instaladas y así someterlas a inspección.

Carta de inspección de Marcado CE para puertas de garaje, comerciales e industriales

Carta donde se solicita datos para la inspección de Marcado CE para puertas de garaje, comerciales e industriales

¿Quién puede inspeccionar una puerta de garaje, comercial o industrial?

Actualmente la potestad de las inspecciones recae en la Dirección general de Industria de las Comunidades Autónomas, pero también puede llevarse a cabo por:

  • Instituto Nacional de Seguridad en el trabajo (INSST) cuando ocurra un accidente.
  • Servicios de prevención de riesgos laborales, en caso de puertas comerciales o industriales, ya que son consideradas equipos de trabajo.
  • Aseguradoras o compañías de seguros solicitando una peritación y toda la documentación de la puerta en caso de accidente. Si la puerta no cumple con los mantenimientos estipulados por el fabricante o por la normativa, o si no dispone de Marcado CE puede negarse a cubrir los gastos, tanto de responsabilidad civil o por los daños causados.
  • Arquitectos ingenieros que pueden negarse a firmar el certificado de final de obra si las puertas de garaje, de comercios o de industrias no están en conformidad y no tienen toda la documentación.
  • Las constructoras y promotoras pueden llevar a cabo inspecciones de sus propias obras para comprobar que disponen del Marcado CE, incorporando estos datos al libro del edificio.

En cualquier caso, la potestad de sancionar solo recaerá en el Ministerio de Industria o en la propia Comunidad Autónoma.

Criterios para llevar a cabo una inspección de puertas de garaje

En años anteriores las inspecciones se centraban en puertas de nueva instalación, mediante la revisión de solicitudes del registro industrial, comercial o de garaje. De forma aleatoria, se escogía las puertas en las que se llevaría a cabo la inspección. Actualmente este sistema está cambiando y se va a enfocar tanto en puertas ya instaladas (independientemente del tiempo que lo lleven), como en nuevas instalaciones.

¿Cómo se realiza una inspección para certificar que se dispone del Marcado CE?

Una vez elegida de forma aleatoria las puertas en las cuales debe llevarse a cabo la inspección para ver si disponen del Marcado CE, se seguirán los siguientes pasos:

El inspector se identificará ante el propietario o titular de la puerta y procederá a realizar la inspección. En la misma solicitará toda la documentación de la puerta, que incluye la declaración CE de conformidad, el libro de uso y mantenimiento, etc. Además, realizará los ensayos necesarios mediante el uso de dinamómetro para comprobar que la puerta está dentro de los parámetros de seguridad adecuados.

Si la inspección finaliza con un no conforme, el inspector levantará acta de inspección y solicitará los requerimientos al fabricante. En este punto, debe entenderse que el fabricante puede ser la marca de la puerta, cuando incluye todos los componentes necesarios, o el instalador si procede a la automatización de una puerta manual, existiendo diferentes casos en los que puede considerarse también fabricante.

El fabricante dispone de un tiempo máximo para que responda a todas las solicitudes del inspector, además de la subsanación de los errores detectados. Finalmente, subsanado todos los errores y requerimientos, se procederá a la conclusión e impondrá las sanciones correspondientes.

Cuando la empresa instaladora no certifica la puerta de garaje con el Marcado CE correctamente

Si la marca o empresa que ha realizado la instalación, automatización o modificación sustancial en la puerta de garaje, comercial o industrial no hubiera cumplido con los requisitos para certificar el Marcado, además de las sanciones correspondientes tendrá como consecuencia:

  • Que la empresa ponga en conformidad la puerta.
  • Se le puede prohibir la comercialización de ese producto en el mercado nacional.
  • Puede retirarse del mercado el producto y similares a este.
  • Se puede solicitar, en los casos más graves, la retirada de las puertas del mercado, aunque ya estén instaladas.

Diferencia entre modificación menor y sustancial en el Marcado CE

Aunque la puerta de garaje, comercial o industrial disponga del Marcado CE puede ocurrir que se realice una modificación sustancial que obligue de nuevo a certificar la puerta. Se considera modificación sustancial cuando:

  • Se realiza la automatización de una puerta manual a una automática.
  • Se cambia el modo de activación de la puerta, como por ejemplo de modo hombre presente a modo semiautomático o automático.
  • Se sustituye el motor y este posee distintas características al original (de monofásico a trifásico, de eléctrico a hidráulico, por ejemplo).
  • Se sustituye un cuadro de maniobras con función autotest por otro que carezca de la misma.
  • Cuando se eliminen dispositivos de seguridad.

En resumen, una modificación sustancial es considerada cuando, al sustituir un componente de la puerta, este aumenta o genera mayor peligro, obligando al instalador a realizar de nuevo el Marcado CE para que la puerta cumpla con la normativa.

En otro sentido, tenemos las modificaciones menores que no requieren de un nuevo Marcado CE. La normativa establece que aquellos componentes que han sido sustituidos, siempre y cuando sean idénticos o como mínimo similares a la pieza original no necesitaran de nuevo certificarse, aunque posean mejores prestaciones debido a los avances técnicos.

¿Qué infracciones y sanciones se imponen si una puerta de garaje no dispone de Marcado CE?

En el artículo 34 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria se contemplan tres tipos de sanciones:

Infracciones leves

Entre los diferentes motivos por los que puede sancionarse por infracción leve, encontramos:

  • No subsanar las deficiencias detectadas durante las inspecciones y revisiones reglamentarias en el plazo señalado en el acta de inspección. También se incluye la falta de acreditación de la subsanación ante la Administración Pública, siempre y cuando estas deficiencias no sean consideradas graves o muy graves.
  • La conservación o mantenimiento inadecuados.
  • La falta de colaboración con las Administraciones Públicas durante el ejercicio de sus funciones de inspección y control derivadas de la ley.
  • Incumplir de forma negligente de los requisitos, obligaciones establecidas en la normativa industrial, siempre y cuando se produzca riesgo para las personas y sea de escasa incidencia.
  • La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación, de carácter no esencial, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable o la comunicación aportada por los interesados.
  • No comunicar a la Administración Pública competente la modificación de cualquier dato de carácter no esencial incluido en la declaración responsable o comunicación previa.

Las infracciones leves serán sancionadas con hasta 60.000 euros.

Infracciones graves

En las infracciones graves destacamos varios puntos:

  • No disponer de contratos de mantenimiento de las instalaciones con empresas habilitadas en los casos en que sea obligatorios.
  • La resistencia de los titulares de actividades e instalaciones industriales en permitir el acceso o facilitar la información requerida por las Administraciones Públicas, cuando hubiese obligación legal o reglamentaria de atender tal petición de acceso o información o cuando esta sea necesaria para poder ejecutar la correspondiente inspección o control de mercado.
  • La inadecuada conservación y mantenimiento de instalaciones si de ello puede resultar un peligro para las personas.
  • Reincidencia en las faltas leves por las que se hubiese sancionado en el plazo de los dos años anteriores a la comisión de esta.

Las infracciones graves conllevan multas de hasta 6.000.000 de euros.

Infracciones muy graves

Podemos resumir las infracciones muy graves de la siguiente manera:

  • Cuando se incumpla de forma dolosa los requisitos, obligaciones o prohibiciones establecidas en la normativa industrial, siempre y cuando ocasionen riesgo grave o posible daño a personas.
  • Reincidencia en faltas graves habiendo sido sancionado en los daños anteriores a la comisión de esta.
  • La negativa a facilitar la información o colaborar con el personal inspector.
  • Se considerarán infracciones muy graves las que se encuentran tipificadas como infracciones graves cuando representen un daño muy grave o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas.

Las infracciones muy graves se sancionan con hasta 100.000.000 de euros

¿A quien afecta las sanciones por no tener el Marcado CE?

Las infracciones afectan tanto a los propietarios, titulares o representantes de la puerta de garaje, de comercio o industrial, como a los fabricantes. Un ejemplo en el caso del fabricante es que este no proporcione toda la documentación necesaria, no instale todos los dispositivos de seguridad mínimos establecidos en la normativa o que no realice las pruebas y ensayos necesarios.

En el caso de los propietarios está responsabilidad recaerá cuando, bajo su decisión, decidan no obtener la certificación del Marcado CE de su puerta de garaje. Las empresas pueden negarse a realizar reparaciones – en el caso de realizar una modificación sustancial – u otras intervenciones si el propietario no dispone del Marcado o rehúsa que la empresa mantenedora o de reparación de su puerta de garaje realice la certificación, ya que, si realiza una modificación sustancial de la puerta, pasaría a ser considerada como fabricante, obligándole a realizar la certificación para no incurrir en sanciones para la empresa.

No es así en el caso de contratar una revisión preventiva de la puerta de garaje, comercial o industrial. La empresa realizará el mantenimiento preventivo y adjuntará un informe de seguridad donde indica que la puerta no cumple con los requisitos de Marcado, por lo que la responsabilidad en caso de accidente o inspección recaerá en el propietario.

Como saber si tu puerta de garaje, comercial o industrial tiene el Marcado CE

Tanto si es una puerta de nueva instalación o una antigua el propietario tiene que tener la siguiente documentación:

  • Manual de instalación.
  • Manual de instrucciones.
  • Manual de mantenimiento.
  • Libro de mantenimiento (firmado o sellado por un técnico con los mantenimientos correspondientes por el fabricante o la normativa).
  • Declaración de prestaciones y/o declaración UE de conformidad.

También debe estar en lugar visible una pegatina o chapa con el logo CE y las características o prestaciones que ofrece la puerta, demostrando así ante una inspección que se tienen todos los documentos.

Pegatinas Marcado CE para puertas de garaje

¿Qué ocurre si no tengo toda la documentación del Marcado CE de mi puerta?

Si la puerta fue comprada completamente automatizada el fabricante tiene que aportar toda la documentación necesaria para certificar esa puerta. Si no se dispone de esa documentación el fabricante está obligado a facilitarla siempre que no hayan transcurrido 10 años. Pasado ese tiempo, el propietario deberá realizar un Marcado CE a su puerta.

Solicita asesoramiento a técnicos especializados en Marcado CE de puertas de garaje

Con la nueva campaña lanzada de inspecciones lo más recomendable es revisar que todo esté correcto. Por eso en Grupo Icara tenemos a tu disposición nuestro servicio de Marcado CE para puertas de garaje, comerciales e industriales. Nuestros técnicos se encargarán de revisar toda la documentación, cumplir con los mantenimientos preventivos si no están al día y realizar el Marcado CE en caso de no disponerlo. Consulta sin compromiso y obtén la tranquilidad que necesitas asegurándote de tener una puerta segura y eficiente.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los pasos detallados para obtener la certificación del Marcado CE en una puerta de garaje existente que nunca ha sido certificada?

Para certificar una puerta de garaje existente que nunca ha sido certificada, los pasos a seguir son:

  1. Evaluación inicial: Realizar una inspección preliminar para identificar las características de la puerta y los componentes instalados.
  2. Documentación: Reunir toda la documentación necesaria, como manuales de instalación y mantenimiento, y la declaración de conformidad.
  3. Ensayos y pruebas: Realizar las pruebas necesarias para asegurar que la puerta cumple con los requisitos de seguridad y funcionamiento establecidos en la normativa.
  4. Corrección de deficiencias: Subsanar cualquier deficiencia detectada durante la evaluación y las pruebas.
  5. Solicitud de certificación: Presentar toda la documentación y resultados de las pruebas a una entidad certificadora autorizada.
  6. Inspección final: La entidad certificadora realiza una inspección final para verificar la conformidad.
  7. Emisión del certificado: Una vez verificada la conformidad, se emite el certificado de Marcado CE.

¿Qué documentación específica debe presentar un instalador de puertas de garaje para demostrar que una puerta cumple con el Marcado CE?

El instalador debe presentar:

  1. Declaración UE de conformidad: Documento que certifica que la puerta cumple con los requisitos de la normativa.
  2. Manual de instalación: Guía detallada sobre cómo instalar la puerta correctamente.
  3. Manual de instrucciones: Instrucciones para el uso seguro de la puerta.
  4. Manual de mantenimiento: Indicaciones sobre el mantenimiento preventivo y correctivo.
  5. Libro de mantenimiento: Registro de todas las operaciones de mantenimiento realizadas.
  6. Informe de ensayos y pruebas: Resultados de las pruebas realizadas para verificar la seguridad y funcionalidad de la puerta.

¿Cuál es el proceso de apelación en caso de desacuerdo con los resultados de una inspección de puerta de garaje?

Si hay desacuerdo con los resultados de una inspección, el proceso de apelación incluye:

  1. Presentación de alegaciones: El propietario o instalador puede presentar alegaciones por escrito a la entidad que realizó la inspección.
  2. Revisión de la inspección: La entidad revisará las alegaciones y puede realizar una nueva inspección si se considera necesario.
  3. Informe de revisión: Se emite un informe de revisión detallando los hallazgos y las decisiones tomadas.
  4. Recurso administrativo: Si persiste el desacuerdo, se puede presentar un recurso administrativo ante la autoridad competente, que realizará una revisión final.

¿Qué recursos están disponibles para propietarios de puertas de garaje que necesitan actualizar su equipo para cumplir con la nueva normativa?

Los propietarios pueden acceder a:

  1. Asesoramiento técnico: Consultorías especializadas en normativa CE, como Grupo Icara.
  2. Subvenciones y ayudas: Programas gubernamentales que ofrecen subvenciones para la actualización de equipos.
  3. Formación y capacitación: Cursos y talleres para entender la normativa y cómo cumplirla.
  4. Servicios de certificación: Empresas certificadoras que realizan evaluaciones y emiten certificados de conformidad, como Grupo Icara.

¿Cómo afecta la nueva normativa del Marcado CE a las puertas de garaje instaladas en residencias privadas?

Aunque la normativa se centra principalmente en puertas comerciales e industriales, las puertas de garaje residenciales también deben cumplir con ciertos requisitos de seguridad y funcionalidad. Es recomendable que los propietarios de puertas residenciales se aseguren de que sus puertas cumplen con la normativa para evitar posibles sanciones y garantizar la seguridad.

¿Qué tipo de formación reciben los inspectores encargados de verificar el cumplimiento del Marcado CE en puertas de garaje?

Los inspectores reciben formación en:

  1. Normativa y regulación: Conocimiento detallado de las leyes y normativas aplicables.
  2. Técnicas de inspección: Métodos y herramientas para realizar inspecciones efectivas.
  3. Seguridad y riesgos: Identificación y evaluación de riesgos asociados a las puertas de garaje.
  4. Documentación y reporte: Cómo documentar y reportar hallazgos de manera precisa y profesional.

¿Cuáles son las mejores prácticas para el mantenimiento preventivo de puertas de garaje comerciales e industriales?

Las mejores prácticas incluyen:

  1. Inspecciones regulares: Realizar inspecciones periódicas para identificar y corregir problemas antes de que se agraven.
  2. Lubricación: Asegurar la lubricación adecuada de todas las partes móviles.
  3. Ajuste de componentes: Verificar y ajustar los componentes mecánicos y eléctricos para asegurar un funcionamiento suave.
  4. Limpieza: Mantener la puerta y sus componentes limpios para prevenir acumulación de suciedad y desgaste prematuro.
  5. Reemplazo de piezas desgastadas: Sustituir componentes desgastados o dañados inmediatamente.

¿Qué cambios se esperan en la normativa del Marcado CE para puertas de garaje en los próximos años?

Se esperan posibles cambios como:

  1. Actualización de estándares de seguridad: Incorporación de nuevas tecnologías y métodos de seguridad.
  2. Requisitos adicionales de eficiencia energética: Normativas que promuevan puertas de garaje más eficientes energéticamente.
  3. Mayor énfasis en sostenibilidad: Normativas que incentiven el uso de materiales sostenibles y reciclables.
  4. Digitalización de la documentación: Promoción del uso de documentos digitales para simplificar el proceso de certificación y mantenimiento.

¿Existen ayudas o subvenciones disponibles para la actualización de puertas de garaje para cumplir con el Marcado CE?

Sí, hay ayudas disponibles, como:

  1. Subvenciones gubernamentales: Programas específicos de apoyo financiero para la actualización de equipos.
  2. Incentivos fiscales: Deducciones y beneficios fiscales para empresas y particulares que realicen actualizaciones para cumplir con la normativa.
  3. Financiamiento: Opciones de financiamiento a bajo interés proporcionadas por instituciones financieras en colaboración con el gobierno.

¿Cómo afecta la falta del Marcado CE a la responsabilidad legal en caso de un accidente con una puerta de garaje?

La falta del Marcado CE puede:

  1. Aumentar la responsabilidad legal: El propietario o fabricante puede ser considerado responsable de cualquier accidente o daño.
  2. Implicar sanciones: Las autoridades pueden imponer multas significativas.
  3. Negar coberturas de seguros: Las aseguradoras pueden rechazar reclamaciones relacionadas con accidentes si la puerta no cumple con la normativa.

¿Cuál es el tiempo promedio de una inspección de puerta de garaje para el Marcado CE?

El tiempo promedio de una inspección puede variar, pero generalmente oscila entre 1 y 3 horas, dependiendo de la complejidad de la puerta y la documentación disponible.

¿Qué implicaciones tiene el Marcado CE para las aseguradoras en términos de cobertura de accidentes relacionados con puertas de garaje?

Para las aseguradoras, el Marcado CE implica:

  1. Garantía de conformidad: Asegura que las puertas cumplen con los estándares de seguridad, reduciendo riesgos.
  2. Condición para cobertura: Algunas pólizas de seguro pueden requerir el Marcado CE como condición para proporcionar cobertura.
  3. Evaluación de riesgos: Mejora la evaluación de riesgos y puede influir en las primas de seguro.

¿Hay diferencias en la normativa del Marcado CE para puertas de garaje entre diferentes Comunidades Autónomas?

La normativa del Marcado CE es de aplicación nacional, pero puede haber diferencias en la implementación y control entre Comunidades Autónomas, con algunas regiones realizando inspecciones más rigurosas o aplicando sanciones más estrictas.

¿Cómo se puede verificar la autenticidad del Marcado CE en una puerta de garaje comprada de segunda mano?

Para verificar la autenticidad del Marcado CE:

  1. Revisar la documentación: Solicitar todos los documentos relacionados con la certificación y el mantenimiento de la puerta.
  2. Inspección física: Verificar que la puerta tenga una etiqueta CE visible y comprobar que las características coinciden con los documentos.
  3. Consulta con el fabricante: Contactar al fabricante para confirmar la autenticidad de la certificación.
  4. Inspección profesional: Contratar a un inspector certificado para una evaluación detallada.

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